Derribaron árboles de aile para sembrar ciruelos y duraznos; no acreditaron autorización de cambio de uso de suelo
La Profepa impuso como medida de seguridad la clausura total temporal de las actividades de cambio de uso de suelo en un predio ubicado en el municipio indígena de Hueyapan, Morelos, donde la remoción de vegetación de bosque templado ha provocado daños al ecosistema.
En atención a una denuncia por parte del síndico del ayuntamiento del municipio indígena de Hueyapan, sobre el derribo y tala de vegetación forestal, inspectores de la Profepa acudieron al lugar referido en una visita de inspección, el pasado 8 de julio.
En el paraje denominado “Hueyi Altepetl” o “Tepelmeme” se observó un predio de aproximadamente 2,000 m² con vegetación forestal de bosque templado de hojosa, sobresaliendo el aile, Alnus, en donde se hizo la remoción parcial de la vegetación. En el lugar se encontraron los restos de la vegetación removida, tales como tocones, troncos, leña, ramas y arbustos; se contabilizaron 17 árboles de aile derribados con motosierra.
También se detectó que se sembraron 200 plantas de ciruela roja y nueve de durazno. Al solicitar la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales expedida por la Semarnat, no la pudieron acreditar.
Debido a lo anterior, se impuso la clausura total temporal de las actividades de cambio de uso de suelo en el predio inspeccionado, mediante la colocación de dos sellos.
El municipio indígena de Hueyapan, Morelos, se localiza en la parte nororiente de la entidad, dentro del área de influencia del Parque Nacional “Iztaccíhuatl-Popocatépetl” y dentro de una zona crítica forestal por la alta incidencia de la tala clandestina y el cambio de uso de suelo en terreno forestal, por lo que se continuarán implementando acciones de investigación, inspección y vigilancia en dicha zona, así como algunos operativos forestales.
El cambio ilegal de uso de suelo en terreno forestal es una infracción administrativa, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) y es un delito, de acuerdo con el Código Penal Federal.
El artículo 418 del Código Penal Federal señala que se impondrá una pena de seis meses a nueve años de prisión y multa de cien a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente. También para quien desmonte o destruya la vegetación forestal hay sanciones adicionales por cuatro años de prisión y multa por hasta cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.
La Profepa inició el procedimiento administrativo correspondiente, conforme a la Ley Federal; en la resolución se deberá contemplar la restauración del sitio afectado.
Foto 2. Predio afectado.